Procuraduría General de la Nación.
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Presidencia abrió convocatoria para seleccionar candidato a Procuraduría

Conozca los requisitos para aspirar a la terna de Procurador General.

La Presidencia de la República, a través de sus páginas oficiales, abrió la convocatoria para las personas interesadas en presentar su hoja de vida para ser parte de la lista de aspirantes a partir de la cual el Presidente Gustavo Petro seleccionará a un solo candidato que integrará la terna con la que el Senado de la República elegirá al Procurador o Procuradora General de la Nación para el período 2025 – 2029.

De acuerdo con el órgano directivo, la convocatoria a la terna finalizará el 27 de agosto a las 4 de la tarde. Luego, del 30 de agosto al 4 de septiembre, el Departamento Administrativo de Función Pública revisará y verificará las hojas de vida y sus soportes.

En ese sentido, el 6 de septiembre de 2024, el Presidente Gustavo Petro recibirá el listado con la evaluación realizada a los participantes.

¿Cuáles son los requisitos para quienes aspiren a Procurador General?

Los requisitos que se solicitan son:

  1. Ser colombiano de nacimiento y ciudadano en ejercicio.
  2. Tener título de abogado y haber ejercido la profesión durante quince años en cargos en la Rama Judicial o en el Ministerio Público.
  3. Acreditar también la ausencia de antecedentes disciplinarios, penales y de responsabilidad fiscal, y no encontrarse incurso en causal de inhabilidad para el ejercicio del cargo
  4. ¿Quiénes no podrán aspirar a la terna?
  5. Quien padezca alguna afección física o mental debidamente comprobada que comprometa la capacidad necesaria para el desempeño del empleo.
  6. Quien haya sido condenado, en cualquier época, a pena privativa de la libertad, excepto por delitos políticos o culposos.
  7. Quien haya sido condenado, en cualquier época, por delitos contra el patrimonio del Estado, incluidos peculado culposo y por aplicación oficial diferente, o por enriquecimiento ilícito.
  8. Quien se encuentre bajo medida de aseguramiento que implique la privación provisional de la libertad o haya sido afectado por resolución de acusación o su equivalente, debidamente ejecutoriada, excepto por delitos políticos o culposos.
  9. Quien se halle en interdicción judicial.
  10. Quien haya sido sancionado disciplinariamente, en cualquier época, mediante decisión ejecutoriada, por falta grave o gravísima.
  11. Quien, dentro de los cinco (5) años anteriores, haya sido retirado del servicio por haber obtenido calificación de servicios insatisfactoria por decisión en firme.
  12. Quien haya sido excluido, en cualquier época, del ejercicio de una profesión o suspendido en su ejercicio.
  13. Quien tenga vínculos por matrimonio o unión permanente o de parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, primero de afinidad o único civil, con los Senadores que intervienen en su elección, con los miembros de la Corporación que lo candidatiza para el cargo o con el Presidente de la República.
  14. Las demás que señalen la Constitución y la ley. ​

Los interesados deberán enviar su hoja de vida al correo de la Presidencia de la República: contacto@presidencia.gov.co.

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